“No podemos medir el éxito de la campaña solamente por la resolución final. Si bien sufrimos una gran derrota, el caso elevó los temas que se deben discutir y a las organizaciones que están involucradas”. —J. Carlos Lara
Antecedentes
El primer caso de privacidad digital de interés público en Chile empezó debido a una acción de vigilancia sin precedentes de dos comunas a sus ciudadanos en Santiago. En 2015, las autoridades locales de dos comunas de la capital soltaron al aire globos equipados con tecnología de grado militar para supervisar la delincuencia y los patrones de tráfico. Aunque la Corte de Apelaciones de Santiago prohibió su uso en primera instancia, la Corte Suprema de Chile durante la apelación reconoció que los globos suponían una amenaza para los derechos fundamentales, sin embargo permitió que se siguieran usando siempre y cuando se cumpliesen algunas condiciones.
Ficha del caso
Corte: Corte Suprema de Chile
Fecha del fallo: junio de 2016
Número de caso: 18481–2016
Dictamen: http://bit.ly/2rLXEeQ
Asunto: Violación a los derechos de privacidad en el uso de globos de vigilancia
Actores entrevistados
Carlos Lara | Director de Investigación y Política de Derechos Digitales
Romina Garrido | Directora Ejecutiva de Fundación Datos Protegidos
Pablo Viollier | Analista de Política Pública en Derechos Digitales
Hechos
En agosto de 2015, las autoridades instalaron tres globos aerostáticos sobre las comunas de Las Condes y Lo Barnechea en Santiago, Chile. Los globos estaban equipados con tecnología de grado militar que incluía una cámara de 360 grados con función de grabación y visión nocturna con capacidad de supervisar a los ciudadanos las 24 horas del día, así como identificar rostros de personas en movimiento mientras caminaban por la calle en un radio de un kilómetro y medio. Las comunas afirmaron que el uso de globos de vigilancia masiva aumentaría la seguridad, combatiría la delincuencia y controlaría el tráfico.
Inmediatamente, algunos ciudadanos y múltiples organizaciones consideraron los globos como una violación de los derechos constitucionales fundamentales. Derechos Digitales, junto con tres organizaciones locales (Corporación Fundamental y Fundación Datos Protegidos, con la asistencia de Libertades Públicas A.G.), presentaron una demanda en la Corte de Apelaciones de Santiago. Pidieron que se retiraran los globos ya que su uso constituía una violación a los derechos a la privacidad de los ciudadanos, la inviolabilidad del domicilio y al derecho a la propiedad. Argumentaron que los globos podían saltar los límites físicos al apuntar sus cámaras a las ventanas, piscinas, jardines o balcones de los residentes. La recopilación y almacenamiento de los rostros de los ciudadanos a través de los globos, también violaban las leyes chilenas que regulan la protección de los datos personales.
En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones ordenó el cese inmediato de los globos de videovigilancia y estuvo de acuerdo en que violaban los derechos a la privacidad y la inviolabilidad del domicilio garantizados por los incisos 4 y 5 del artículo 19 de la Constitución de Chile. Según la Corte, ni las políticas de seguridad ni de tránsito público eran suficientes para justificar esas violaciones. Las dos comunas fueron obligadas a retirar los globos mientras presentaban una apelación a la decisión ante la Corte Suprema.
Resultado
Apartándose ligeramente de la decisión de la Corte de Apelaciones, la Corte Suprema modificó la decisión. Aunque reconoció que el uso de globos suponía una amenaza a la privacidad y a la autonomía, la Corte permitió que se usaran siempre y cuando entraran en vigencia algunos mecanismos de control: los globos solamente debían supervisar los espacios públicos, un inspector municipal debía supervisar su funcionamiento, se debían destruir las grabaciones después de 30 días y los ciudadanos grabados por los globos debían poder tener acceso a las grabaciones.
Colaboración
El caso es un excelente ejemplo de las sólidas alianzas que se forman para fortalecer y ampliar las iniciativas existentes de quienes trabajan en una campaña. Cuando Derechos Digitales decidió iniciar el caso, reconoció inmediatamente las ventajas que podrían tener al colaborar con otras organizaciones.
“Ninguno de nosotros tenía un conocimiento completo en todas las áreas. Tecnología, derechos fundamentales y argumentos con respecto a privacidad, herramientas y procedimientos de litigio”, dijo J. Carlos Lara, investigador y director de política en Derechos Digitales. “La necesidad de contar con experiencia nos obligó a colaborar”.
“No solemos litigar, así que cuando terminamos, parecía más un trabajo académico que una queja judicial”, dijo Pablo Viollier, analista de políticas públicas de Derechos Digitales. “Así que al final, redactamos juntos un argumento robusto”.
Al mismo tiempo, para presentar el caso, el equipo necesitaba demandantes directamente afectados por los globos de vigilancia. Con la fuerte base de apoyo existente entre el público, Derechos Digitales envió un llamado abierto en sus plataformas de redes sociales para ubicar a ciudadanos que desearan participar en el caso como demandantes. El equipo encontró demandantes que representaran a los ciudadanos de ambas comunas. A partir de ahí, las organizaciones redactaron conjuntamente la demanda inicial y se prepararon para los alegatos orales ante la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema.
En la preparación para la campaña de defensa, Derechos Digitales trabajó de cerca con la fundación Datos Protegidos para trazar algunas estrategias y refinar su mensaje público. Las organizaciones pudieron haber elegido publicar o comunicarse con la prensa independientemente, en cambio, los equipos discutieron tácticas en conjunto para comunicarse con el público y la prensa. Numerosos artículos publicados por Datos Protegidos, los medios de prensa chilenos y otras organizaciones, revelaron un mensaje coherente.
Aunque la información técnica en el caso no era complicada, el equipo de Datos Protegidos se benefició de la experiencia de un tecnólogo en el equipo quien hizo aportes a un informe sobre los posibles riesgos de un sistema de vigilancia técnica, incluidos asuntos como la recolección y conservación de información, como, por ejemplo, los rostros de las personas.
Después de que la Corte de Apelaciones prohibió el uso de los globos, el experimentado equipo de defensa de Derechos Digitales entendió la importancia de crear imágenes agradables que se pudieran compartir, permitiendo al público conectarse positivamente con el caso. Un diseñador gráfico de la organización ilustró una imagen alegre de gatos que golpeaban los globos de vigilancia para promocionar la campaña y captar la atención del público. Esta imagen se publicó junto con todas las comunicaciones escritas sobre el caso, lo que fortaleció el mensaje general en torno a los objetivos del equipo.
Lecciones aprendidas
La colaboración fue fundamental para esta campaña por muchas razones. Muchos actores notaron que cada organización, actuando independientemente, no hubiera tenido la capacidad para asumir la campaña. Litigar es costoso y toma tiempo, dijeron algunos, y por lo tanto difícil de presupuestar. Para planificar de acuerdo con eso, cada organización requería contar con el conocimiento y el apoyo de otros con una experiencia diferente a la que tenían en sus propios equipos.
Aunque la Corte Suprema de Chile al final permitió a las comunas seguir usando los globos de vigilancia, con algunas condiciones, esta decisión no fue considerada un fracaso para la campaña. Por ejemplo, el caso llamó la atención nacional del público al asunto de la vigilancia y planteó preguntas sobre el impacto de las nuevas tecnologías en los derechos fundamentales.
El caso también posicionó a las organizaciones como defensoras de los derechos digitales fundamentales en Chile. Cuando surge algún asunto relacionado con los globos de vigilancia o con drones en Chile, la prensa ahora busca primero a este grupo central de organizaciones para que den sus comentarios. Procesalmente, el caso también fortaleció los mecanismos para colaborar, y preparó a las organizaciones para la siguiente campaña. La estructura organizativa en el equipo se mantuvo sin cambios, ningún miembro ni organización central asumió el liderazgo en la coordinación de las acciones de otros. En cambio, los equipos se comunicaron con frecuencia, y confiaron unos en otros para actuar en el interés de la campaña general.
En conclusión, aunque la decisión judicial puede haber sido una batalla perdida, la visibilidad de la campaña podría inspirar a otras organizaciones en la región a considerar el litigio estratégico como una herramienta para apoyar la defensa de los derechos humanos.
“Estoy muy orgullosa, porque fue el primer gran debate sobre privacidad en el país”, dijo Romina Garrido, directora ejecutiva de Datos Protegidos. “Es costoso, es largo, es difícil, es agotador, pero valió la pena. Ya no somos invisibles”.